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Miel
orgánica La Apicultura Ecológica es un proceso apícola integral mediante el cual se respeta el medio ambiente, los ciclos naturales y los productos obtenidos como la miel, el polen, la jalea real y la cera. La apetencia creciente de los
consumidores europeos por las mieles orgánicas tiene interés para los
operadores argentinos aunque por el momento los volúmenes comercializados
no sean muy significativos. El desafío es poder enviar miel
fraccionada con el valor añadido que ello supone y que es posible por
tratarse de un segmento de consumo especial. En el sector de miel
convencional representa un objetivo muy difícil por la competencia que
ejercen los envasadores comunitarios. ¿Cómo exportar a la Unión Europea?
Para introducir miel ecológica a la
Unión Europea procedente de terceros países existen dos vías de actuación:
Que el país exportador esté incluído
en la lista que, para tal fin, contempla el Art. 11 del Regl. (CEE)
2092/91, sobre la producción agrícola ecológica y su indicación en los
productos agrarios. La petición de la inclusión la realiza el país
interesado en exportar especificando una serie de datos sobre los
productos, zonas y sistemas de control vigentes en el tercer país.
Evaluada la petición por parte de las autoridades europeas (Bruselas), la
Unión Europea decide la inclusión o no del mismo en la mencionada lista.
Este es el caso de la Argentina, que efectivamente figura en la lista de
terceros países que pueden exportar productos con ese destino desde 1993
con sus correspondientes organismos de control. La otra es que un importador europeo
solicite, en el país donde vaya a introducir la miel, que le autoricen la
importación, situación que se da en países que no figuran en la lista.
En este caso, los operadores involucrados deben tramitar la autorización
ante la autoridad correspondiente del Estado Miembro y demostrar que el
sistema de control y las condiciones de producción al que se ha sometido
el establecimiento apicultor son equivalentes a los que rigen en la UE y
en el Estado Miembro receptor. Calidad En el caso de la norma francesa, por
ejemplo, han de cumplirse los siguientes criterios: 1. Contenido de HMF 2. Humedad 3. Bacteriología Algunos de los factores a tener en
cuenta si se piensa en esta alternativa son: Certificación La diferencia entre una miel
convencional y ecológica la aporta un certificado de calidad orgánica o
ecológica emitido por una entidad habilitada por Senasa. Elección del lugar de instalación
de las colmenas Evaluar previamente las actividades
de los vecinos para evitar posibles fuentes de contaminación. De acuerdo
a la norma francesa las colmenas deben estar a una distancia de 3000
metros de rutas muy transitadas, pueblos o ciudades y campos con
actividades agrícolas. Los lugares ideales son las zonas con vegetación
silvestre, cultivos orgánicos o convencionales sin aplicación de agroquímicos.
Asentamientos Se aceptan los fijos y los
transhumantes. En este último caso el apicultor debe detallar la
movilidad invierno-primaveral. Período de transición Al igual que otras producciones y a
excepción de que se pueda justificar el acortamiento, las normas
argentinas establecen que, para recibir la denominación de ecológico, el
terreno del cual liban las abejas debe haber cumplido las bases
establecidas durante no menos de 2 años consecutivos, denominándose como
ecológico el producto del tercer ciclo de producción. Alimentación El alimento tendrá su base siempre
en la propia producción. Sólo se podrá incorporar desde fuera del
establecimiento un 20% máximo y deberá ser de origen ecológico. Se
permite la alimentación con cuadros de miel o polen de origen conocido,
según la época del año. No se permite la estimulación con sucedáneos.
Materiales Colmenas de madera o materiales no
contaminantes. La cobertura exterior debe hacerse con aceite de linaza o
cera. Las pinturas están permitidas si son no tóxicas o cuando no
representen riesgo de toxicidad alguna con el/los productos de la colmena,
que el mercado destino no lo objete y que el apicultor se comprometa a
cambiarlas gradualmente. Para el interior se permite recubrir con propóleos
o cera de abejas. Las láminas de cuadros móviles serán de cera de abejas, reciclada por el propio apicultor o de origen conocido y sin contaminación por fluvalinatos. Algunas
reflexiones sobre el costo de los colmenares visto por un apicultor
A
través de los estudios – muy completos y detallistas, por otra parte-
que suelen verse sobre esta tema, el calculo de los costos en relación
con los precios parece demostrar claramente que la apicultura es, en la
actualidad, un mal negocio, ya que según esas estimaciones, ella es crónicamente
deficitaria.
Tengo la ilusión, -a una edad en que
ya no se tienen muchas- de ser útil a mis jóvenes amigos lectores
("jóvenes" en apicultura, se entiende, los "viejos"
no me necesitan porque saben tanto como yo) y esta es, como se comprende,
la razón de mi presencia en estas paginas. Pero esto mismo me impone –
como debe ser- una serie de obligaciones para con mis lectores y ellas me
llevan, muy a mi pesar, a tener que tratar aquí un tema que no es
habitual ni cómodo, un tema de costos apícolas, en vez de mis
acostumbrados trabajos sobre la técnica abreviada del manejo de
colmenares. Por supuesto, no soy un economista y
por lo mismo me hubiera gustado mucho más que fuera otro, mas avezado que
yo en cuestiones de esta naturaleza, quien tratara este asunto tan
importante, pero como veo que esto no ocurre, - y alguien debe hacerlo -,
pues lo haré aquí, aun a pesar de mis limitaciones de simple apicultor
practico, porque me parece que hay en esta materia una cierta dosis de
confusión que necesita ser aclarada. Esta confusión nace – a mi ver-
de la discordancia entre las conclusiones que llegan en sus análisis
algunos especialistas en costos apícolas y la real experiencia de los que
hace muchos años vivimos de nuestras abejas, vivimos, y vemos vivir a
otros apicultores. A través de los estudios – muy
completos y detallistas, por otra parte- que suelen verse sobre esta tema,
el calculo de los costos en relación con los precios parece demostrar
claramente que la apicultura es, en la actualidad, un
mal negocio, ya que según esas estimaciones, ella es crónicamente
deficitaria. Pero aunque los trabajos que he tenido oportunidad de leer (y
mis amigos lectores, también) son formalmente correctos, ocurre que sus
conclusiones no concuerdan con el gran numero de apicultores existentes ni
con sus condiciones de vida, hay pues allí algo que no encaja y que
debemos localizar y esclarecer en beneficio de los muchos nuevos
apicultores que deben sentirse bastante perplejos, preguntándose – con
toda razón- por que los estimulamos a aprender una profesión que no
sirve para nada. Tratemos, pues, de analizar un poco todo este asunto para
ver donde esta su falla. Como no puede ser de otra manera,
haremos aquí un análisis en un plano muy elemental, después de todo, es
el único asequible para nosotros, los prácticos. Pero aun podemos,
espero, ver las cosas con una mayor claridad. Como en todo, la ganancia
en apicultura radica en la diferencia entre lo que cuesta producir la
miel y los demás productos del colmenar, y el precio que por ellos se
obtiene. Como se ve, este valor diferencial = "ganancia", puede
ser acrecentado por sus dos extremos, en uno, disminuyendo los costos de
producción y en el otro, mejorando en lo posible las condiciones de
venta. Como todos mis amigos lectores saben,
yo me he dedicado por entero al primer aspecto del problema, procurando
convencer a mis colegas de la conveniencia de los métodos abreviados de
manejo de colmenas que, en síntesis, quiere decir AHORRO
de gastos (trabajo, tiempo, material), así la revisación rápida de
colmenares, sin abrir las colmenas es ahorro de las largas revisaciones a
la antigua, la colmena con su media alza es ahorro de la inversión
semanal de cajas, ocho panales por alza, ahorro de 20% de material y
trabajo de cosecha, la pinza palanca, ahorra de ayudantes, etc, etc, Y de
toda esa suma de ahorros surge
la posibilidad de que un solo apicultor pueda atender el doble de colmenas
que con los meticulosos sistema de antaño, y Como esto se hace en el
mismo tiempo y con igual trabajo que en lo que se gastaba antes en la
mitad de las colmenas, resulta que esto – además de ampliar grandemente
las posibilidades del apicultor- abarata
notablemente el costo de la producción apícola. Este es "mi" extremo del
proceso económico de la apicultura; el otro, el puramente comercial, las
posibilidades de vender mas y a mejores recios, es tema de especialización
de otros autores, gente experta en promoción de ventas, erudita en
cuestiones de mercados nacionales e internacionales y en su captación y
abastecimiento, y en todo ese cúmulo de cosas que constituyen la compleja
ciencia comercial de nuestros días, tan absurda a veces para nosotros, la
gente común. Sin embargo, hay en nuestro caso un asunto que, aunque
estudiado extensamente por los economistas de la apicultura, toca tan de
cerca la esfera practica que podemos decir algunas cosas a su respecto, y
esto es lo que vamos a hacer aquí: Cuánto cuesta realmente un colmenar?
Esto es muy importante porque en la contestación a esta pregunta parece
residir la principal causa de la confusión a la que aludimos al principio
y, por lo mismo, debe hallarse también su esclarecimiento. Y eso es natural: El colmenar es la
inversión de base de un apicultor y concurre para ello a integrar, junto
con los gastos de explotación, el costo de producción de los productos
apícolas. De ahí que el criterio se fije para establecer el real costo
de ese colmenar –(su "costo" no su "valor" porque no
debe confundirse lo que vale con lo que realmente "cuesta" a su
dueño)- gravite fundamentalmente en las conclusiones de los analistas
económicos sobre la actual rentabilidad de la apicultura en nuestro país.
Y es aquí donde vamos a encontrarnos con un fenómeno que puede resultar
un tanto extraño para quien no sea apicultor y que nos va a explicar el
por que de muchas cosas. En efecto; para un matemático
–economista o no- el calculo del costo de un colmenar es la cosa mas
sencilla y segura del mundo; se busca el precio de una colmena y se lo
multiplica por X y se obtiene el precio de compra de un colmenar de X
colmenas. Es evidentemente, una cuenta perfectamente hecha, pero resulta
que en apicultura esto ya no es tan seguro porque en ella no siempre
"dos y dos son cuatro"; pueden no serlo, y en este caso –y en
mi opinión- no lo son. Porque no se ha tenido aquí en cuenta que un
colmenar no es una cosa inerte, no se trata de bolsas, de cajas, de
bobinas o de pianos de cola; un colmenar es algo que viva y por lo tanto
crece; y entonces muy bien puede ocurrir que dos colmenas más dos
colmenas sean seis u ocho. Comencemos pues por establecer
claramente que todos estos cálculos parten -. Como corresponden- de un
proyecto de un colmenar de determinadas dimensiones; se toma el costo de
compra obtenido por la simple multiplicación aritmética, como inversión
base, y sobre ella se estructura todo el resto del edificio de los costos;
se toman luego los precios promedio de venta de una producción normal y
se concluye afirmando que la apicultura es una mala inversión de dinero Pero pensémoslo un poco: ¿de que sé
esta hablando en realidad? ¿De apicultura en sí o únicamente de la
operación consistente en la compra de un colmenar completo? Evidentemente
solo de esto ultimo; y en esto, la resultante del análisis son
absolutamente correctas: es un mal negocio comprar un colmenar completo.
En esto todos estamos absolutamente de acuerdo porque, aun en las mejores
épocas, esta es la peor manera posible de fundar un establecimiento apícola.
En la practica, las cosas se hacen por lo general de un modo muy
diferente; por de pronto, los colmenares no se compran, se forman. Se
forman partiendo de un pequeño, la mas de las veces comprando de ocasión
y muy barato y haciendo crecer hasta donde sea necesario a la vez que
crece, junto con el la experiencia de su dueño. Sé lo ubica en el campo
de algún amigo y se lo atiende, al menos en un primer periodo, sin
abandonar las otras ocupaciones, aprovechando los días feriados, los
fines de semana, las vacaciones. Se cambia la miel por cajones vacíos,
se estampa la cera y se forma núcleos para poblar nuevas colmenas.
Adecuando todo esto a las distintas temporadas, puede lograrse incluso que
este crecimiento del colmenar resulte prácticamente gratis. Y si se
quiere acelerado, bastaran para ello algunos reducidos y espaciados
aportes mas que modificaran en muy poco la baratura del proceso. Y cuando, en unos pocos años, este
colmenar, llegue a las dimensiones proyectadas al iniciarlo, y aunque su
"valor" coincida quizás con el teóricamente calculado para su
compra, su costo real será infinitamente menor, y cuando su dueño –
hecho mientras tanto, un experto apicultor- se encuentre de pronto en
posesión de algo que vale una pequeña fortuna y que le costo bien poco
fuera de su tiempo libre, y comience a cosechar el fruto de todo esto con
solo tres o cuatro meses de trabajo efectivo al año, resultara ya muy difícil
convencerlo de que ha hecho un mal negocio. Muchos –si no todos- los que
vivimos de las abejas hemos realizado mas o menos esta misma trayectoria
de iniciación. Medianos, como yo y muchos "grandes" también.
Pero creo que el ejemplo más ilustrativo de este proceso lo tenemos en el
nacimiento de la Grandiosa
empresa apícola mexicana "Miel Carlota".
La Miel Carlota" es una
gigantesca empresa, un verdadero "imperio apícola", propiedad
de dos caballeros de origen alemán – el Señor Wulfrath y el Dr. Speck-
y ES LA MÁS GRANDE DEL MUNDO. Tiene 50.000 colmenas, una enorme fabrica
propia de materiales apícolas, estampadora de cera, productora grandísima
de jalea real, de núcleos, de reinas. Otra fabrica mas de velas (para
culto y "fantasía"), todo, por supuesto, en una escala
impresionante. Pues bien este enorme imperio se
funda en 1943 con solo 100 colmenas porque – obsérvese bien: lo dicen
francamente sus mismos dueños- no tenían mas dinero. En 1947, esas 100
colmenas iniciales se habían transformado en 1.000, al año siguiente, en
2.000, dos años mas tarde eran 4.000 y pocos años después, esa inmensa
cadena de colmenas llegaba ya a sus dimensiones actuales. Ahora bien, si volviendo a nuestro
tema alguien se pregunta cuanto vale la "Miel Carlota", habría
que contestarle que cientos de millones de pesos, pero si en vez de eso,
pregunta cuanto "costo", solo se podrían decir que costo lo que
se pago por las primeras 100 colmenas, lo demás fue visión para el
negocio, empuje, inteligencia, capacidad de trabajo y habilidad comercial.
Y si se efectuara un prolijo calculo
de costos en base a "lo que costaría comprar" un
establecimiento de tal calibre, creo que nadie podría prever a que
conclusiones podría llegarse con ese imaginario punto de partida, e
incluso no faltaría quizás quien demostraría que los Señores Wulfrath
y Speck "tienen un mal negocio"....Pero lo único concreto para
nosotros, la gente común dotada de sentido común, es que esos señores
comenzaron prácticamente sin nada, y ahora son multimillonarios....y todo
salió de las abejas. Con esto, claro esta, no quiero hacer
que los novatos conciban unas ilusiones desmedidas, una Miel Carlota es
producto tanto de hombres como de circunstancias a todas luces
excepcionales. pero esta es la única manera correcta de encarar el
negocio de la apicultura, repito, empezando "desde abajo" y
haciendo crecer el pequeño y económico colmenarcito inicial mientras se
adquiere la experiencia practica para saber desenvolverse con éxito
cuando ese colmenar se haga grande. Y ahora, si calculamos el costo de
producción sobre la base de un colmenar valioso, formado a muy poco
costo, explotando con solo unos pocos meses de trabajo efectivo por año
–trabajo que ni siquiera debe ser necesario continuo (al menos en
colmenares no muy grandes) y es uno de los mas interesantes, sanos e
independiente del mundo (de un mundo en que la mayoría tiene que trabajar
todo el año y en dos empleos para poder vivir)- veremos que aun en las
adversas condiciones de estos últimos tiempos, la apicultura sigue siendo
un negocio muy aceptable. Por supuesto, nadie pretende siquiera
sugerir aquí que el precio actual de la miel, sea justo y razonable, muy
por el contrario, es irritantemente arbitrario e injusto, pero esto no
quiere decir de ninguna manera que la apicultura argentina –como parecería
surgir de los estudios que comentamos- este trabajando a pura perdida y se
halle prácticamente en vías de liquidación. Y no debe olvidarse, además
que el nuestro es un negocio de promedio en que los malos periodos, como
el que pasamos –que no es el primero- se compensan las mas de las veces
generosamente, por los buenos. Y por otra parte, como siempre
ocurre, aun lo malo tiene, cuanto menos, una cosa muy buena y es que la
adversidad es una gran maestra: no es pues cuestión de desanimarse- ni
mucho menos, desalentar a las nuevas promociones de apicultores- sino de
aprender, aprender que debemos abaratar los costos buscando técnicas que
lo permitan, en vez de aferrarnos ciegamente a las viejas rutinas que nos
abruma de trabajo muchas veces innecesario. Y aprender también a unirnos
todos en defensa de nuestros intereses en lugar de desperdigarnos inermes
y a merced del primero que quiera explotar nuestra debilidad – fruto de
la desunión- en provecho propio. En suma: aprender a cooperar y a
competir en un mundo de dura competencia, como lo es el que hoy nos rodea. Producción
apícola orgánica A
continuación presentamos el Anexo VIII de la Norma de Producción Apícola
contenida en la Resolución 270 / 00 de la Secretaría de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Alimentación, que se refiere en forma específica a
la apicultura orgánica. La producción apícola es una
actividad que produce importantes beneficios a la producción agrícola y
forestal mediante la acción polinizadora de las abejas, contribuyendo a
aumentar la productividad del sistema de explotación y acrecentando la
diversidad biológica. El estatus orgánico de los productos
apícolas está estrechamente vinculado a la sanidad de las colmenas, al
manejo general del apiario y a las condiciones medioambientales de la zona
de libación y por lo tanto de su alimentación. Asimismo este estatus
también dependerá de las condiciones finales de extracción, procesado y
envasado del producto. Ambito
de aplicación: La producción, industrialización,
transporte, rotulado y comercialización de miel, y otros productos y
subproductos de la colmena de origen orgánico, ecológico, o biológico,
quedan reglamentados por esta Norma de Producción. Definiciones:
Alza
Melaria Certificable: Alza identificada con el código del productor para
la cosecha de miel. Apiario
Certificable: Lugar físico de asentamiento de un grupo determinado de
colmenas y/o núcleos, que comprende un radio no inferior a uno coma cinco
kilómetros (1,5 Km). Representa la unidad de manejo del establecimiento
apícola. Colmena:
Es la suma del material inerte identificado individualmente (cámara de cría)
más el material vivo (abejas), más la/s alza/s melaria/s. Colonia:
Es el conjunto de material vivo (obreras, zánganos, crías y reina
fecundada) que componen una colmena o núcleo. Núcleo:
También considerada como una Unidad de Producción, contiene material
vivo y material inerte, su origen puede ser de la multiplicación de una
colmena propia (endógena) o por la compra a terceros (exógena). Paquete:
Material vivo compuesto solamente por obreras y una (1) reina. Lazareto:
También llamado apiario cuarentenario o de aislamiento. Es el lugar
destinado al emplazamiento de colmenas que deben recibir tratamientos
medicamentosos que no están contemplados dentro de este cuaderno de
normas. Producción
Paralela: Es la coexistencia en uno o varios establecimientos de un
mismo productor o bajo la misma razón social, de dos (2) sistemas
productivos. Siendo uno de ellos manejados en conformidad a estas normas
de producción orgánica, y el otro bajo un sistema no contemplado en las
mismas, llamada en adelante sistema Convencional. Marco
Administrativo: Podrán aspirar a la certificación
orgánica de productos y subproductos apícolas, aquellas personas físicas
o jurídicas o asociaciones de productores que hayan firmado un convenio
con una Empresa Certificadora habilitada por el Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria. Estas deberán justificar su
existencia real, declarando si son de ubicación fija ó trashumante, el
lugar exacto de su ubicación y la identificación legible, indeleble y
permanente de cada colmena. En caso de traslados no previstos se solicitará
consentimiento del mismo por escrito a la entidad certificadora. Al nuevo
asentamiento se le deberán exigir los mismos requisitos que para el de
origen. Se deberán llevar registros sanitarios y productivos del apiario,
donde se asentarán los tratamientos profilácticos y/o terapéuticos
realizados, el alta y bajas de colmenas, movimientos a otras zonas de
libación, kilos de miel producida, etc. Origen
de la Unidad de Producción: Se deberá prestar principal atención
a la selección de razas por su capacidad de adaptación a la zona, y la
resistencia a enfermedades. Serán amparadas para la Certificación Orgánica
aquellas colmenas, núcleos o paquetes que provengan de establecimientos
Orgánicos Certificados. Como excepción al punto anterior
para la reposición o aumento de la unidad de producción, podrán
incorporarse colmenas de establecimientos convencionales (exógena
convencional), o de multiplicación de colmenas propias convencionales
(endógena convencional) y/o caza de enjambres silvestres, siempre y
cuando cumplan con un período de transición, después del cuál recién
serán consideradas Orgánicas. Constitución
del Apiario: El Apiario está constituido
solamente por la cantidad de Colmenas y/o núcleos declarados. A
tal efecto deberá detallarse: a. Cantidad total de colmenas y/o núcleos
que integran el apiario. b. Identificación individual de las
mismas y método utilizado. c. Lugar donde se ubica el apiario,
adjuntando gráfico del predio, indicando el lugar exacto de las colmenas,
más UN (1) mapa catastral de la zona, u otro elemento cartográfico a
escala apropiada que refleje la totalidad de la zona de libación, y de
las posibles fuentes de contaminación si las hubiere. d. Fecha de ingreso de las Colmenas
y/o núcleos al apiario. En el caso de trashumancia, época de traslado y
registro de las mismas. e. Origen de las colmenas y/o núcleos:e.1.
Lugar de donde provienen, e.2. Método de obtención: propio por multiplicación (describir
método), por compra a terceros, caza de enjambres, otros. f. Producciones Paralelas: En caso
que un mismo productor posea en la zona colmenas convencionales, la
certificadora deberá tener bajo control ambas Unidades de Manejo, de
manera tal que no se superpongan las áreas de libación. Si bien la identificación individual
de las colmenas es exigible sólo para las que se encuentran bajo proceso
de certificación, se deberán llevar los registros adecuados de manera
que no haya posibilidad de mezclas tanto de material vivo como inerte
entre la producción convencional y la orgánica. Transición:
Para recibir la denominación de Orgánico,
Ecológico o Biológico, se establece un período de transición de dos
(2) años en cumplimiento del artículo 4º de la Resolución Nº 1286 del
19 de noviembre de 1993 del ex-Servicio Nacional de Sanidad Animal. Dicha denominación involucra sólo a
las colmenas y/o núcleos declarados oportunamente, quedando exceptuadas
de ésta a las que hubieran ingresado al Lazareto, las que deberán pasar
por un nuevo período de transición no inferior a un (1) año, siempre y
cuando la totalidad de la cera sea sustituida por otra que cumpla las
condiciones fijadas en la presente norma. Este período de transición podrá
ser extendido o reducido de acuerdo a los antecedentes comprobables para
cada situación en particular por parte de la empresa Certificadora y con
el consentimiento del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad
Agroalimentaria. a) Extensión: En casos de no
conformidad a las Normas de Producción. b) Reducción: Otorgado con
consentimiento del SENASA y siempre que se demuestre el pleno cumplimiento
de las Normas de Producción. El Senasa, a los efectos de dar
consentimiento al acortamiento fija un período mínimo de cumplimiento de
Transición según el siguiente criterio: 1) Colmena/Núcleo/Paquete de origen
Convencional: a) Si se utilizan materiales
constitutivos nuevos: a.1. Con laminados de Cera Orgánica:
UN (1) mes (recambio generacional). a.2. Con laminados de Cera
Convencional: UN (1) año. b) Si se utiliza el mismo material
constitutivo: UN (1) año. 2) Colmena/Núcleo /Paquete de Origen
Orgánico: a) Si se utilizan materiales
constitutivos nuevos: a.1. Con laminados de Cera Orgánica:
Sin transición. a.2. Con laminados de Cera
Convencional: UN (1) año. Ubicación
de los Apiarios - Zonas de Libación: Los Apiarios deberán estar
preferentemente en zonas silvestres, siempre y cuando no se vea amenazado
el propio ecosistema, y las fuentes de néctar, polen y agua estén
aseguradas en cantidad y calidad y respondan a los principios de producción
orgánica; o bien en zonas con cultivos Orgánicos Certificados. Estas áreas deben ser debidamente
identificadas de acuerdo a lo especificado en el punto 6. c) y los
apicultores proporcionarán a la entidad certificadora documentación
apropiada y evidencias, incluyendo análisis sustentables si fuera
necesario, que las mismas responden a los criterios encuadrados en la
Resolución Nº 423 del 3 de junio de 1992 de la ex-Secretaria de
Agricultura, Ganadería y Pesca, sus modificaciones y anexos. La vegetación
melífera no debe poseer tratamientos con productos no permitidos de
acuerdo a las resoluciones antes mencionadas. En caso de riesgo deberán
hacerse análisis tanto de la vegetación como del producto. La distancia mínima de los apiarios
orgánicos o bajo proceso de certificación a los cultivos convencionales
debe ser de uno con cinco (1,5) kilómetros. En caso de que la entidad
Certificadora considere que la zona no posee suficiente fuente de
alimentación, deberá extender el radio hasta una distancia de tres (3)
kilómetros. La distancia mínima a otras fuentes
de contaminación como ser poblaciones, fábricas, o cualquier otra fuente
de contaminación deberá ser de tres (3) kilómetros. La permanencia de las colmenas y/o núcleos
en los asentamientos podrá ser fija o transitoria (trashumancia), ambos
tipos de asentamientos estarán bajo seguimiento y con iguales requisitos.
La provisión de agua deberá ser accesible y abundante y provendrá de
fuentes libres de contaminación. De ser necesario se solicitará análisis
de las mismas. Se deberá contar con un sector lo
suficientemente alejado de las colmenas en producción orgánica para
colocar de ser necesario las colmenas en tratamiento sanitario
convencional. Este sector (Lazareto) deberá ser debidamente identificado
y su producción no podrá comercializarse como Orgánica. Materiales
inertes constitutivos: Los materiales inertes utilizados
para la construcción y mantenimiento de las colmenas deberán ser
naturales y no contaminantes al medio ambiente y a los productos que se
obtengan de la misma. La protección interna y externa debería hacerse
igualmente con productos no contaminantes al medio ambiente y/o los
productos que se obtengan. Se autoriza el uso de revestimientos
de origen vegetal tales como el aceite de lino. Se prohíbe el uso de
coberturas con productos provenientes de la síntesis química, o que
incluyan metales pesados. Cera
Estampada: La cera utilizada para el estampado de láminas será de
origen ecológica producida en el mismo establecimiento o de cera ecológica
externa certificada. Por excepción al punto anterior, podrá solicitarse
a la entidad certificadora autorización para la utilización de ceras
convencionales cuyo origen sea confiable y comprobable sólo durante el
período de transición. Una vez otorgada la certificación full orgánica
las ceras utilizadas deberán provenir exclusivamente de la fundición de
opérculos o cuadros de colmenas orgánicas. Por tal motivo los
productores orgánicos deberán asegurar suficiente producción y reserva
de cera para ser reciclada. A estos efectos, los elaboradores de
laminados deberán garantizar una manipulación específica de las ceras
"orgánicas", y contar con registros documentados a tal fin. Sólo se deberán aceptar aquellos
laminados que contengan cien por ciento (100%) de cera de abeja en su
constitución, y puedan ser esterilizadas. Se prohíbe la adición de parafinas
o sucedáneos de la cera natural. En caso de ser necesario podrán
solicitarse análisis de calidad y de residuos. Alimentación:
La base de la alimentación de las
abejas es la miel y el polen producidos y almacenados en el propio panal.
A tal efecto se deberán dejar reservas suficientes de los mismos para la
supervivencia en época invernal. Se prohíbe la cosecha de miel con fines
especulativos y su reemplazo por jarabes, melazas, o sucedáneos de la
miel. Como excepción del punto anterior,
la entidad certificadora podrá autorizar la alimentación artificial a
base de miel orgánica o jarabe de azúcar orgánico sólo cuando se vea
amenazada la subsistencia del colmenar ante la eventual pérdida de las
colonias por falta de alimento. Esta práctica solo deberá aplicarse en
caso de excepción y durante el período de letargo de la colmena, es
decir alejado del período comprendido entre la última cosecha y el
comienzo de una nueva mielada. Se deberán llevar registros de la cantidad
de colmenas alimentadas y tipo de producto utilizado. Otros alimentos que
difieran de los indicados anteriormente no podrán ser utilizados en
apicultura orgánica. Manejo
Sanitario: Se deberá procurar que todas las prácticas
de manejo sean dirigidas a la prevención de las enfermedades. La revisión
periódica, la identificación individual de las colmenas, y los registros
sanitarios asegurará un mejor manejo profiláctico. Se procurará la
elección de razas resistentes y adaptadas a la zona, la renovación
continua de ceras y reinas, el aislamiento de las colmenas atacadas por
enfermedades y la desinfección con productos autorizados. Deberá denunciarse obligatoriamente
todo brote de enfermedad infectocontagiosa y/o parasitarias. Las colmenas
que llegaran a enfermarse o infectarse deberán ser tratadas en forma
inmediata con productos permitidos, pero si el uso de éstos no fuera
efectivo y corra riesgo la vida del colmenar, bajo la responsabilidad de
un Médico Veterinario podrá autorizarse el uso de productos alopáticos
de síntesis química. Ante esta situación se preferirá el aislamiento
de las mismas en el apiario destinado a Lazareto. A estos efectos, se llevarán
registros sanitarios detallando el diagnóstico, el principio activo
utilizado, dosis, fechas de aplicación y método de administración. Desinfección
de Colmenas: Autorizados: - Tratamiento térmico. - Cal y cal viva. - Hipoclorito de sodio. - Acidos acético, fórmico, láctico
y oxálico. - Alcohol. - Formaldehido. - Soda Cáustica. Varroasis: Medidas
de Control: Se aconseja en casos de bajos niveles de parasitismo no
utilizar tratamientos curativos. Se recomienda la renovación de reinas
captura con trampas, o cuadros zanganeros. Tratamientos
específicos: Se autoriza el uso de Acido Fórmico, Acido Láctico,
Acido Oxálico, Rotenona y Aceites esenciales como el Timol, Eucaliptol,
Mentol. La época recomendada para los
tratamientos es el otoño cuando se encuentra menor cantidad de cría
operculada y lejos de la época de mielada. No obstante esto, deberán
efectuarse tratamientos controlados específicos para cada zona en
particular dado la gran variabilidad de las condiciones ambientales. Se
prohíbe: Cualquier tratamiento preventivo sistemático o rutinario,
el uso de tablitas de fabricación casera impregnadas con antiparasitarios
de síntesis, realizar tratamientos sin evaluar su efectividad. Dejar los medicamentos en forma
permanente dentro de las colmenas. Cosecha
y retiro de alzas: Sólo se cosecharán alzas melarias
que correspondan a colmenas debidamente identificadas y avaladas como ecológicas
o ecológicas en transición por una entidad certificadora. Registros
de cosecha: A tal efecto, en el momento de la cosecha, se registrará
el número de colmena y la cantidad de alzas y/o medias alzas que le
correspondan. Esta información será enviada a la planta de extracción,
lo que conformará el Remito de Envío. Los cuadros deberán estar
debidamente operculados. Se prohíbe el uso de repulsivos químicos.
Se autoriza la utilización de humo ó combustibles orgánicos no
polucionantes, el soplado de aire y el cepillado ó sacudido de alzas. Se
prohíbe la cosecha de cuadros con cría. Elaboración:
Todos los establecimientos que
extraigan, fraccionen, estacionen, acopien ó envasen Miel Orgánica,
deberán dar conformidad a las disposiciones del Servicio Nacional de
Sanidad y Calidad Agroalimentaria para Miel Convencional (Resolución N°
220 de fecha 7 de abril de 1995 del ex–Servicio Nacional de Sanidad
Animal para la habilitación de plantas); a la Resolución Grupo Mercado
Común (GMC) N° 80/96 sobre Buenas Prácticas de Manufactura), más las
propias del presente reglamento. Deberán poseer condiciones óptimas de
aireación, ventilación y humedad que eviten la rehumidificación de la
materia prima. La temperatura de la miel no deberá superar los cuarenta
grados centígrados (40 °C) en cualquiera de sus procesos. Recepción
y descarga: Se deberá contar con un sector apto
para tal fin, en el que sólo se podrá descargar material a certificar,
no pudiéndose descargar al mismo tiempo material convencional. El
material deberá ser acompañado con su respectivo Remito de Envío, y
asentado en el registro de la planta, al cual se le asignará un número
de Lote de Extracción. Extracción
y Almacenamiento: Los establecimientos que industrialicen Miel Orgánica
y Convencional deberán poseer separación comprobable en tiempo y lugar
para cada uno de ellos. En estos casos el control por parte de la
Certificadora deberá hacerse para ambas producciones. Asimismo, se deberá
asegurar la limpieza y desinfección de todos los elementos entre uno y
otro proceso, como así también la identificación y la separación física
de ambos productos en el lugar de almacenamiento. Los tanques, cubas y conductos deben
ser de acero inoxidable, o bien recubiertos con pintura epoxi alimentaria.
No se permite el uso de materiales galvanizados, o de chapa desnuda. Los
envases destinados a contener miel a granel deberán encuadrarse bajo el
marco Normativo de la Resolución Nº 121 de fecha 20 de octubre de 1998
de la Secretaria de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación y deberán
estar identificados individualmente para su registro. Fraccionamiento:
Las empresas que adquieran materia prima certificada a granel de
terceros para su posterior fraccionamiento, deberán firmar un convenio
con una empresa certificadora para el seguimiento de su producción y
obtención del certificado correspondiente, a su vez darán cumplimiento a
los mismos requisitos higiénico-sanitarios que para las plantas
extractoras. Los envases serán preferiblemente de vidrio y con cierre
hermético o de aquellos materiales de calidad alimentaria preferiblemente
reusables o reciclables. El lavado y desinfección de los materiales sólo
podrá hacerse con sustancias autorizadas en el Anexo I de la presente
resolución. Registros:
Los establecimientos que extraigan, elaboren o fraccionen Miel Orgánica
deberán llevar registros tanto del origen de la materia prima como del
proceso de elaboración, de tal manera que pueda realizarse seguimiento
(trazabilidad) del producto desde el lugar de producción (apiario) al de
destino final. - Registro de apiarios y sus
colmenas. - Remitos de Envío de material. - Registros de Recepción. - Registros de elaboración (Lotes). - Registros e Identificación de
tambores. Estos registros estarán siempre a
disposición de la Autoridad de Control. Las Empresas Certificadoras
confeccionarán un manual de procedimientos que contenga el flujograma de
producción, la metodología para la confección de los lotes y la forma
de control de los registros. Fuente:
Resolución 270 / 00 Sagpya Mieles
argentinas certificadas Actualmente
en Argentina, existen dos tipos de mieles bajo proceso de certificación
Según: - Protocolo INTA - Sistema Conjunto de Certificación
IRAM*Fundación ArgenINTA. Ambos tipos de Mieles están
obtenidas bajo Normas de Producción, Procesado y Envasado aplicando
Buenas Prácticas de Manejo y Manufactura, en donde la conservación de
las propiedades naturales de la miel es el principal objetivo. Además en el proceso de producción,
procesamiento, envasado y/o distribución del producto certificado, se
aplica un Sistema de Trazabilidad que permite saber del mismo, su origen,
estado y destino en cada una de sus etapas de la cadena de obtención. Este Sistema de Trazabilidad es el
que da la seguridad al consumidor de que es un producto genuino y de
calidad, a través de pruebas concretas como son los registros y auditorías
de Control y Seguimiento de la Entidad Certificadora sobre las Empresas
que producen y/o procesan este Producto Certificado. Miel
tipificada obtenida con buenas practicas de manejo y manufactura(PCB
INTA Nº 11 - Rev. 0) La Política de Calidad definida en
el Protocolo INTA, resume las características de esta miel certificada. El producto miel, definido en este
Protocolo INTA, es un producto diferenciado a través de exigentes
especificaciones de calidad. Estas especificaciones son controladas a través
de la aplicación de un Sistema de Trazabilidad con el objeto de
garantizar el cumplimiento de las mismas y así brindar confianza al
consumidor del producto certificado. Este producto proviene de colmenas
cosechadas en la Región Pampeana de la República Argentina. Es obtenido
bajo un sistema estandarizado de producción, cosecha, transporte,
extracción, envasado y almacenamiento que emplea Buenas Prácticas de
Manejo y Manufactura, permitiendo esto mantener sus características
organolépticas intactas y minimizar las posibilidades de alteración de
sus propiedades naturales. En transición al Manejo Sanitario de
los Apiarios Certificables hacia el NO USO de Antibióticos ni Acaricidas
de síntesis, se aplican los mismos en forma controlada, bajo Buenas Prácticas
de Manejo, y respetando los Períodos de Carencia de los mismos. La miel
cosechada en su punto ideal de madurez (menos de 18% humedad), es
procesada en Establecimientos que garantizan su inocuidad mediante la
aplicación de un Sistema de Análisis de Riesgos y Puntos Críticos de
Control (HACCP). La miel no está adulterada, tiene menos de 10 mg/kg de
HMF, es sometida a filtración (entre 900 y 200 micras) y tipificada según
origen botánico y/o color. Este producto es envasado en tambores nuevos
precintados que son almacenados en locales controlados. Para garantizar el cumplimiento de éstas
y de otras especificaciones se debe contar con un Sistema Documental que
detalle las operaciones de certificación y el sistema instaurado. |